Requisitos imprescindibles a tener en cuenta con la apertura parcial del aislamiento

A raíz de nuevas excepciones ordenadas por el Gobierno Nacional al aislamiento social preventivo y obligatorio (D.N.U. N° 297-2020), se informa a los propietarios de comercios habilitados en particular y a la ciudadanía en general:
1- En algunos casos como empresas de cobro de facturas y servicios (Cobro Express, Pago Fácil, Rapipago, etc.), la atención será por terminación de D.N.I. y cobro de hasta 8 facturas máximas).
2- De 09:00 a 10:00 hs., atención a personas mayores de 65 años.
3- Es responsabilidad de cada propietario o encargado del comercio, que personal de seguridad o propio del local ordene las filas a una distancia de 1,5 metros entre cada persona.
4- Dentro de los locales no podrá superarse la cantidad de 1 persona por cada 4 m² de superficie.
5- El personal deberá contar con alcohol en gel, barbijos, protectores visuales o protección similar con una distancia entre compañeros de 1,5 metros.
6- Exigir al cliente el uso de barbijo o mascarilla facial.
7- Los horarios serán de 09:00 a 18:00, lapso en el cual el encargado de cada negocio podrá optar por atención durante todas esas horas o menos.
8- Respetar el cronograma de atención según la terminación del DNI
Lunes – DNI terminado en 0 y 1
Martes – DNI terminado en 2 y 3
Miércoles – DNI terminado en 4 y5
Jueves – DNI terminado en 6 y 7
Viernes – DNI terminado en 8 y 9
9- En el caso de los nuevos servicios habilitados como atención odontológica, consultas médicas, estudios por diagnósticos, ópticas, etc., solo serán por turnos acordados previamente con el paciente.
10- En lo referente a la atención por servicio de delivery o puerta a puerta, la persona que se encargue de la entrega de lo pactado, deberá exhibir constancia que acredite su relación laboral con la empresa a la que se le solicitó el envío.
11- En cuanto a los bancos, el público en general podrá concurrir cualquier día, pero con turno previo, sin cronograma por terminación de CUIT o DNI. Se solicita gestionar la atención vía web o teléfono, dependiendo de cada entidad bancaria. El comprobante del turno gestionado previamente servirá como permiso de circulación y se solicitará para ingresar a la sucursal.
Mientras tanto, las cajas humanas seguirán priorizadas para el pago a jubilados y pensionados sin tarjeta de débito, que deberán seguir cronogramas de ANSES.
12- El incumplimiento de cualquiera de estas pautas, motivará la intervención de la Justicia que puede ordenar la clausura del local.
13- Continúa en plena vigencia la Declaración Jurada de Excepción para Circulación en Emergencia Sanitaria – COVID 19 de acuerdo a normativa vigente (se puede gestionar haciendo clic aquí: https://formulario-ddjj.argentina.gob.ar/certificado/argentino/motivo)

Previo COMUNICADO #65 – 19 de abril de 2020

1 Comment

  • 25 marzo, 2024

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